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La Asamblea Feminista del Estado (AFECH) criticó fuertemente la resolución emitida por la jueza en el caso de abuso y hostigamiento sexual contra Cristina Fabiola, una agente de seguridad pública, ha generado indignación y preocupación entre organizaciones de derechos humanos y colectivas feministas.
La jueza decidió no vincular a proceso al agresor, incurriendo en una grave omisión de justicia al ignorar pruebas clave y fallar en la aplicación de la perspectiva de género en su decisión.
La decisión de la jueza también evidencia errores en la valoración probatoria, pues la jueza consideró que el testimonio de la víctima carecía de respaldo probatorio suficiente, sin embargo, existen diversos elementos de prueba que refuerzan la declaración Cristina, tales como el Peritaje en psicología que determina la existencia de síntomas de estrés postraumático asociados con el abuso sexual y el Peritaje psicosocial, que corrobora las secuelas emocionales y psicológicas de la víctima, con un pronóstico desfavorable.
Por otro lado, es preocupante que la jueza no aplicó la perspectiva de género en su análisis, a pesar de que la Convención de Belém do Pará obliga a juzgar casos de violencia sexual con este enfoque. De acuerdo con estándares internacionales de derechos humanos, el testimonio de la víctima debe tener un peso preponderante en este tipo de casos, algo que no fue considerado en la resolución.
Pensamos que existen pruebas suficientes para la vinculación a proceso y que la jueza cometió un error al descartar elementos clave.
Por otro lado, es necesario aclarar o que nosotras consideramos una a farsa y manipulación mediática el manejo sobre el «indulto» al agresor.
El 21 de marzo de 2025, un medio de comunicación local publicó una nota con el título: «VIDEO: Demuestra video indulto a ex policía». En dicha nota, el que el agresor afirma haber sido absuelto y se acompaña del video de la audiencia en la que la Jueza Pérez Barraza resuelve no vincularlo a proceso. Sin embargo, esta versión es engañosa y busca desacreditar la denuncia de Cristina, por las siguientes razones:
La resolución de la jueza no representa una declaración de inocencia, sino una decisión de no vincular a proceso, basada en la falta de perspectiva de género de la juzgadora, falta de imparcialidad, errores de apreciación y falta de análisis de la evidencia.
El agresor sostiene que Cristina presentó la denuncia como una acción irracional, atribuida a que fue reasignada como policía escolar tras un cambio de grupo, porque según él, Cristina no tenía un buen desempeño. Sin embargo, la realidad es distinta, pues Cristina Fabiola, con 18 años de servicio, fue reconocida por su valentía y desempeño ejemplar en diversas ocasiones (Se anexan fotografías de dichos reconocimientos). Además de que, contrario a lo que afirma el agresor, Cristina solicitó voluntariamente su cambio a la zona escolar. Como madre soltera de dos hijos, tomó esta decisión para poder atender mejor a su familia. Este tipo de solicitudes son comunes entre las madres trabajadoras cuando tienen la posibilidad de reorganizar su horario laboral en beneficio de sus hijas e hijos.
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