PAUSA.MX

• La Fiscalía Especializada en Operaciones Estratégicas logró la condena en contra de Edgar E. C., a quien además le impusieron una multa y reparación del daño por casi 2 millones de pesos

El día de hoy, ante el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial Benito Juárez, se llevó a cabo la audiencia de individualización de sanciones en el juicio oral seguido en contra de Edgar E. C., por su participación en el secuestro y homicidio de un empresario de Anáhuac, Chihuahua, dio a conocer la Fiscalía Especializada en Operaciones Estratégicas.

La pena que se le impuso fue: prisión de 55 años, una multa de $852,800.00 (ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos pesos 00/100 m/n) y condena por reparación del daño de $966,955.00 (novecientos sesenta y seis mil novecientos cincuenta y cinco pesos 00/100 m.n.)
Lo anterior, luego del juicio que se inició el pasado 8 de abril en contra de Edgar E.C., por el delito de secuestro con penalidad agravada, cometido en perjuicio de un empresario de Anáhuac, encontrándose elementos suficientes para acreditarse la culpabilidad del hoy sentenciado y dictándose el fallo condenatorio.
El hecho por el que se sentenció a Edgar E. C., tuvo lugar el 15 de enero del 2013, cuando en compañía de diversos coautores, privaron de la libertad a la víctima en calles de dicha población para trasladarlo al lugar en donde lo mantuvieron en cautiverio, al tiempo que entablaban comunicaciones telefónicas con la familia, exigiéndoles la cantidad de dos millones de pesos por su puesta en libertad.
La familia entregó un millón de pesos, sin embargo, lejos de liberarse a la víctima, fue encontrada sin vida el día 16 de enero del año 2013, con un disparo en la cabeza, en una brecha en la ciudad de Cuauhtémoc.
La clasificación jurídica por la que fue sentenciado, está prevista y sancionada por el artículo 9 fracción I, inciso a, en relación al artículo 10 fracción I incisos B) así como el numeral 11 de la Ley General para Sancionar y Prevenir el Delito de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 Constitucional, cometido a título de dolo.

Por AL PE

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com