La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una resolución unánime este miércoles 13 de marzo, declarando como improcedentes los recursos presentados por la comunidad LeBarón para impugnar las sentencias del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) y de la Sala Guadalajara, que inicialmente respaldaron al TEE. Con esta decisión, se agotaron todas las vías de apelación disponibles para la comunidad LeBarón, confirmando así las actuaciones y decisiones del TEE de Chihuahua tanto por la Sala Superior como por la Sala Guadalajara.

El proceso inició cuando miembros de la comunidad LeBarón presentaron un juicio de ciudadanía ante el TEE con la intención de ser reconocidos como equiparables a un pueblo originario, lo que les permitiría autogobernarse y autodeterminarse. La ponencia a cargo de la Magistrada Presidenta, Roxana García Moreno, tras un exhaustivo análisis que incluyó peritajes antropológicos, audiencias, visitas a la comunidad LeBarón y consultas a diversas instituciones, concluyó que, debido a las características específicas de la comunidad LeBarón, no pueden ser considerados como un pueblo indígena y, por lo tanto, no tienen derecho a la autodeterminación ni al autogobierno. La sentencia, aprobada por unanimidad y constando de 357 fojas, se convierte en un precedente tanto nacional como internacional al ser el primer fallo en México que aborda y decide sobre los derechos de comunidades etnoreligiosas y migrantes que buscan ser equiparadas a un pueblo originario o tribal.

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com