Comparte

Noticias de Chihuahua. –

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Artículo 137 fracción III de la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, disposición que establecía como requisito presentar la Carta de No Antecedentes Penales a quienes soliciten empleo como conductores de transporte público.

Te puede interesar: Propone Alejandra Barrales acceso universal a vivienda en México

De acuerdo con la acción de inconstitucionalidad 172/2020, dicho requisito vulnera derechos fundamentales como la igualdad, el honor y la seguridad jurídica. De forma que, una vez que reciba la notificación el Congreso del Estado, Chihuahua no podrá negar el empleo a las personas sentenciadas por algún delito.

Santiago De La Peña, secretario general de Gobierno, dio a conocer que la administración estatal analiza los alcances de la resolución, sobre todo en contraste con los compromisos que conlleva la denominada modernización del transporte público en la entidad. A su juicio, la Corte podría comprometer el bienestar de quienes utilizan el sistema.

«Es un elemento fundamental saber que quien está conduciendo esta unidad no tiene cierto tipo de antecedentes, sobre todo por la seguridad de los usuarios, concretamente de las mujeres. Sobre todo ahora que estamos viendo tantos casos donde hay algunos violentadores a los que incluso se les protege desde posiciones de poder», dijo.

NOTICIAS CHIHUAHUA

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com