El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó el dictamen que tipifica por primera vez el delito de acecho en el Código Penal estatal, con penas de **uno a tres años de prisión** y multa para quienes incurran de manera reiterada y sistemática en conductas de vigilancia, persecución o contacto no deseado contra una persona.
La propuesta establece que el acecho podrá realizarse tanto de manera física como mediante medios digitales, cuando estas conductas tengan como finalidad controlar, intimidar o coaccionar a la víctima y le generen miedo o una alteración grave en su vida cotidiana.
El dictamen contempla un aumento de hasta una tercera parte de la pena cuando la víctima sea menor de edad, exista o haya existido una relación de pareja, matrimonio o parentesco, se trate de una relación laboral o de confianza con abuso de poder, o cuando el agresor desobedezca una orden de protección.
La reforma surgió de la acumulación de cuatro iniciativas presentadas durante 2025 por legisladores del Partido Acción Nacional y Morena, quienes plantearon la creación de un delito específico debido a que actualmente estas conductas pueden quedar encuadradas en figuras como amenazas o acoso sexual, consideradas insuficientes para atender el fenómeno del acecho.
Con la aprobación del dictamen, Chihuahua se suma a las entidades que han incorporado el acecho como delito autónomo y establece una herramienta legal para sancionar estas conductas antes de que puedan escalar hacia otras formas de violencia.






