Reforma Congreso Código Civil, asegura cumplimiento de obligación alimentaria - Noticias Chihuahua Pausa.MX

CHIHUAHUA, CHIHUAHUA.- Con el fin de terminar la simulación de que se carece de medios para suprimir la obligación alimentaria y dejar sin ella a los menores o quien resulte beneficiado, el Congreso del Estado reformó el Código Civil de Chihuahua para determinar que, cuando quien tenga el deber de proporcionarla se encuentre imposibilitado para cumplirlo, será únicamente mientras subsista la causa para ello.

En razón de que dentro de las normas vigentes ya se enmarcan las hipótesis por las cuales se aplica la imposibilidad como causal de suspensión de la obligación alimenticia, es que la Comisión de Justicia ha determinado incluir el agregado “Mientras subsista la causa”.

Con ello, el artículo 297 del Código Civil quedaría de la siguiente forma:

ARTÍCULO 297. Cesa la obligación de dar alimentos: 

 

  1. Cuando quien la tenga se encuentre imposibilitada para cumplirla, mientras subsista la causa.

 

  1. a V. …
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